- Ley
- LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 143
Artículo 143 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes pedirle por escrito a la Secretaría que declare un Área Natural Protegida, como un bosque o una reserva. La Secretaría revisará tu solicitud y decidirá si es viable o no. No necesitas ser especialista ni tener algún permiso especial para hacer la petición. Solo tienes que presentar tu solicitud por escrito y esperar su respuesta.
Texto oficial
Artículo 143.- Cualquier persona podrá solicitar por escrito a la Secretaría el establecimiento de un Área Natural Protegida, quien procederá a dictaminar su procedencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.