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Ley
LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
176

Artículo 176 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres dueño o tienes legalmente un terreno donde viven animales y plantas silvestres, tienes derecho a usarlos de forma que no se acaben, pero también debes cuidar el lugar donde viven esas especies. Tú y cualquier persona que cause daños al usar la biodiversidad son responsables de esos daños. Si trabajas en Áreas Naturales Protegidas o en Suelo de Conservación, debes hacerlo con prácticas que no dañen los ecosistemas, el agua o las especies, usando plantas y semillas de la región y ayudando a adaptarse al cambio climático.

Texto oficial

Artículo 176.- Las personas propietarias y legítimas poseedoras de predios en donde se distribuyen especies de vida silvestre, tendrán el derecho a hacer un uso sustentable de éstas, así como la obligación de contribuir a conservar el hábitat presente en dichos predios y las poblaciones silvestres que lo habitan, de conformidad con la legislación aplicable. Serán responsables solidarios las personas propietarias y legítimas poseedoras de dichos predios, así como los terceros que generen o puedan generar efectos negativos derivado del uso de la biodiversidad. El desarrollo de actividades productivas en Áreas Naturales Protegidas y en Suelo de Conservación, deberá realizarse bajo prácticas sustentables y agroecológicas, que eviten dañar la funcionalidad de los ecosistemas y la viabilidad de las poblaciones de especies silvestres, así como afectar directa o indirectamente los flujos hidrológicos y mantos acuíferos, promoviendo la conservación de la biodiversidad y la agrobiodiversidad, el uso de semillas y especies endémicas, la adaptación a los efectos del cambio climático, conforme a las disposiciones aplicables.

Ver texto oficial de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 56) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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