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Ley
LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
239

Artículo 239 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces alguna actividad que no sea de alto riesgo, igual tienes que seguir las reglas de seguridad que digan las normas oficiales mexicanas o las autoridades de Protección Civil de la Ciudad de México. Esto es para evitar accidentes que puedan lastimar a las personas o dañar el ambiente. No importa que tu actividad no sea peligrosa, debes tomar medidas para prevenir problemas y corregirlos si ocurren.

Texto oficial

Artículo 239.- Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Ley en materia de evaluación de impacto ambiental, las personas que realicen actividades no consideradas como altamente riesgosas, deberán observar las medidas preventivas, de control y correctivas establecidas en las normas oficiales mexicanas o determinadas por las autoridades competentes conforme a la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y las demás disposiciones aplicables, para prevenir y controlar accidentes que puedan afectar la integridad de las personas o del ambiente.

Ver texto oficial de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 69) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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