Artículo 247 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Secretaría tiene que hacer, dar a conocer y mantener al día una lista oficial de todas las empresas o personas que ofrecen servicios relacionados con el impacto ambiental. Eso significa que si alguien quiere prestar ese tipo de servicios, tiene que estar registrado en esa lista para que la gente sepa quiénes son legales y confiables. La idea es que siempre esté actualizada para que no haya trampas o información vieja.
Texto oficial
Artículo 247.- La Secretaría elaborará, publicará y mantendrá actualizado el padrón de prestadores de servicios de impacto ambiental.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.