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Artículo 270 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría del Medio Ambiente va a crear un sistema que junta toda la información sobre el ambiente en la Ciudad de México, como datos del aire, agua, suelo, áreas verdes y basura. Este sistema servirá para tener todo organizado, actualizado y al alcance de todos. También se incluirá información sobre programas para cuidar la naturaleza y enfrentar el cambio climático. Cada año, la Secretaría y las Alcaldías publicarán un informe fácil de entender para que cualquier persona sepa cómo está el ambiente en su zona.

Texto oficial

Artículo 270.- La Secretaría desarrollará el Sistema de Información Ambiental de la Ciudad de México, en coordinación con el Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales, que tendrá por objeto concentrar, registrar, organizar, actualizar y difundir la información ambiental de la Ciudad. En dicho Sistema se integrarán, entre otros, información de los mecanismos y resultados obtenidos del monitoreo de la calidad del aire, del agua y del suelo; del estado que guarda la gestión de las áreas verdes, Áreas de Valor Ambiental y Áreas Naturales Protegidas, el estado de la biodiversidad, así como los servicios ambientales que proporcionan; del ordenamiento ecológico del territorio, así como la información relativa a emisiones atmosféricas, descargas de aguas residuales y residuos no peligrosos, y la correspondiente a los registros, indicadores, programas, estrategias y acciones que se realicen para la preservación del ambiente, la protección ecológica, la restauración del equilibrio ecológico, la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad y la adaptación y mitigación al cambio climático. La Secretaría y las Alcaldías, emitirán un informe público anual sobre el estado que guardan el ambiente y los recursos naturales de su jurisdicción, así como los servicios ambientales que proporcionan, de manera que la información sea accesible para todas las personas, en formatos de fácil comprensión y difusión por diversos medios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 76) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.