Artículo 277 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría del Medio Ambiente es la que se encarga de revisar y vigilar que se cumplan todas las reglas de esta ley en la Ciudad de México. Esto lo hacen personas que la misma Secretaría autoriza para ese trabajo. También se va a crear un grupo especial de policías ambientales, que van a ayudar a cuidar el medio ambiente todos los días, previniendo delitos y faltas, tanto en zonas urbanas como en áreas de conservación. Además, la Secretaría del Medio Ambiente, junto con la de Seguridad Ciudadana, va a dar capacitación constante a estos policías para que estén bien preparados en su labor.
Texto oficial
Artículo 277.- La Secretaría organizará y coordinará las acciones de inspección y vigilancia ambiental en la Ciudad de México, con el propósito de verificar el cumplimiento de las disposiciones señaladas en esta Ley. Las acciones a las que se refiere el párrafo que antecede, serán implementadas por los servidores públicos acreditados por la Secretaría. La Secretaría de Seguridad Ciudadana establecerá el cuerpo de policías ambientales, como una unidad de apoyo técnico operativo diario para la ejecución de acciones de prevención de delitos e infracciones administrativas en materia ambiental, que se realicen en suelo urbano y de conservación en auxilio de la Secretaría. La Secretaría establecerá y aplicará los sistemas de capacitación y profesionalización de los policías ambientales, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.