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Artículo 281 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría no puede llegar a tu casa o negocio de a gratis: necesita sacar una orden por escrito que diga por qué y para qué te van a inspeccionar. Ahí tiene que venir tu nombre completo, la dirección exacta, qué van a revisar y hasta dónde pueden llegar. Todo debe estar bien explicado y con fundamento legal, no nomás porque se les ocurrió. Si no traen ese papel, no los tienes por qué dejar pasar.

Texto oficial

Artículo 281.- Para llevar a cabo las visitas de inspección, la Secretaría expedirá una orden escrita, fundada y motivada en la que se señalará la persona a visitar; el domicilio donde se practicará la visita de inspección, el objeto de la diligencia y su alcance.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 78) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.