Artículo 285 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un inspector de medio ambiente llega a hacer una revisión o inspección a un lugar, puede pedir ayuda de la policía para poder entrar o hacer su trabajo, sobre todo si la gente se niega. Esto no quita que a quienes se opongan o pongan trabas les puedan aplicar multas o castigos, como usar la fuerza para que obedezcan. En pocas palabras, si te niegas a que te revisen, las autoridades pueden llamar a la policía y además meterte una sanción.
Texto oficial
Artículo 285.- Para efectuar una visita o un acto de inspección, así como cualquier otra actuación que determine con motivo de los procedimientos de inspección y vigilancia ambiental, podrá solicitarse la asistencia de la fuerza pública. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones o medios de apremio que procedan para las personas que obstaculicen o se opongan a la práctica de la diligencia de que se trate.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.