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Artículo 53 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Manifestación Ambiental Única es un documento creado por la ley para la Ciudad de México. Sirve para que las empresas o negocios que generan contaminación reporten si están cumpliendo con sus obligaciones ambientales. En ese informe deben detallar qué tanto contaminan el aire, cuánta agua usan y cómo tiran sus aguas sucias, qué hacen con su basura, si generan ruido o vibraciones, y registrar cualquier otro tipo de contaminación que aplique. En pocas palabras, es como un reporte oficial donde los responsables de fábricas o talleres le dicen al gobierno cómo están cuidando el ambiente.

Texto oficial

Artículo 53.- La Manifestación Ambiental Única para la Ciudad de México, es el instrumento de política ambiental, por medio del cual los responsables de fuentes fijas que están sujetos a las disposiciones de esta Ley informan sobre el cumplimiento de sus obligaciones ambientales relativas a: I. Emisiones a la atmósfera; II. Consumo de agua potable y descarga de aguas residuales; III. Generación y manejo de residuos sólidos; IV. Generación de ruido y vibraciones mecánicas; V. Registro de emisiones y transferencia de contaminantes; y, VI. Las demás materias ambientales que apliquen o se regulen a través de este instrumento y de los que se deriven del mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.