Artículo 58 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Manifestación Ambiental Única es un documento oficial que debes llenar si tu negocio o empresa puede contaminar. Ahí tienes que incluir tu número de registro ambiental (como una clave que te dan las autoridades), cómo vas a operar y qué leyes ambientales te toca cumplir. También debes anotar cada cuánto tiempo vas a medir y reportar tus emisiones contaminantes, y qué planes o programas ambientales tienes que seguir. En pocas palabras, es como una declaración donde dejas claro todo lo que harás para no dañar el medio ambiente.
Texto oficial
Artículo 58.- La Manifestación Ambiental Única deberá señalar: I. El Número de Registro Ambiental (NRA); II. Las condiciones de operación; III. La normatividad a la que deba sujetarse la fuente fija; IV. Las obligaciones ambientales a las que queda sujeto el establecimiento, de acuerdo con sus características y actividad; V. La periodicidad con la que deberá llevarse a cabo la medición, monitoreo y reporte de emisiones; y, VI. Los Planes y Programas a los que debe dar cumplimiento y reportar avances de su cumplimiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.