Artículo 60 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 60 dice que cuando entregas tu Manifestación Ambiental Única (que es un documento donde avisas cómo va a operar tu negocio o actividad que afecta al medio ambiente), las reglas que te pongan van a estar basadas en lo que tú mismo reportaste. Además, esas reglas pueden cambiar si modificas la forma en que opera tu empresa o negocio, o si salen nuevas leyes ambientales que tengas que cumplir.
Texto oficial
Artículo 60.- Las obligaciones establecidas en la Manifestación Ambiental Única corresponderán a las condiciones de operación manifestadas y podrán modificarse conforme a los cambios que la fuente fija realice, o en su caso, para ajustarse a la normatividad ambiental vigente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.