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Artículo 61 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría del Medio Ambiente va a sacar y mantener al día una lista oficial en la Gaceta (un periódico de gobierno) con las actividades que hacen empresas o fábricas fijas. Esas actividades no necesitan pedir la Manifestación Ambiental Única, que es un permiso ambiental especial de la Ciudad de México. Esto aplica solo si la actividad, por su tamaño o tipo, no es tan grande o riesgosa. En palabras simples: si lo que hace tu negocio está en esa lista, te ahorras un trámite ambiental pesado.

Texto oficial

Artículo 61.- La Secretaría publicará y actualizará en la Gaceta Oficial, el listado de actividades realizadas por fuentes fijas, que por su capacidad y características no se encuentran sujetos a tramitar la Manifestación Ambiental Única para la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.