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Artículo 67 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una vez que firmes un acuerdo de autorregulación, puedes pedir por tu cuenta que vayan a inspeccionar tu empresa de manera voluntaria. Solo necesitas llenar un cuestionario y entregar los documentos que te pidan. Después de eso, la Secretaría revisa toda tu información y los resultados de la inspección. Si lograste bajar tus emisiones contaminantes por debajo de lo que marcan las leyes y las normas de la Ciudad de México, entonces te darán una respuesta oficial.

Texto oficial

Artículo 67.- Una vez firmado o firmados los convenios de autorregulación y siempre que así lo solicite el interesado, mediante el llenado de un cuestionario y la presentación de los documentos requeridos al efecto, podrá solicitar la realización de una visita de inspección voluntaria a la empresa. Integrado el expediente, la Secretaría revisará la información y documentación aportada, así como el resultado de la inspección realizada y emitirá la resolución respectiva, siempre y cuando se hayan logrado reducir las emisiones por debajo de los límites establecidos por las normas oficiales mexicanas y las normas ambientales para la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.