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Artículo 69 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un negocio, fábrica, comercio o lugar donde den servicios o espectáculos, y quieres hacer una auditoría ambiental (una revisión para ver si no dañas el medio ambiente), debes pedir por escrito entrar a ese programa. Después, tienes que seguir todas las recomendaciones que te den después de la auditoría.

Texto oficial

Artículo 69.- Los responsables de las fuentes fijas, así como de los establecimientos industriales, mercantiles, de servicios y de espectáculos, que pretendan sujetarse a una auditoría ambiental, deberán solicitar por escrito su incorporación a dicho programa y cumplir con las recomendaciones que deriven de dicha auditoria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.