Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 95 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Le toca a la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de este tema) crear y poner en marcha los programas para cuidar los recursos naturales, usarlos de manera responsable, y también diseñar y aplicar las reglas para vigilar el Suelo de Conservación, que son las áreas verdes y bosques que rodean la ciudad y que ayudan a mantener el equilibrio ecológico.

Texto oficial

Artículo 95.- Corresponde a la Secretaría, el desarrollo e implementación de la política pública dirigida a la conservación, preservación, gestión, instrumentación, aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, así como diseñar y aplicar los mecanismos de regulación, control y vigilancia del Suelo de Conservación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.