Artículo 97 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene la tarea de cuidar el Suelo de Conservación (terrenos que no se deben urbanizar) y promover que se mantenga en buen estado. También debe hablar con otras autoridades para que se construya infraestructura, como caminos o torres de vigilancia, que ayuden a supervisar y proteger estas áreas. En pocas palabras, es la encargada de evitar que esos terrenos se dañen o se mal usen.
Texto oficial
Artículo 97.- Corresponde a la Secretaría fomentar la preservación del Suelo de Conservación, así como gestionar ante las autoridades correspondientes el desarrollo de infraestructura dirigida a la vigilancia y preservación del territorio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.