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Artículo 2 de la LEY DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como secretarías, empresas públicas y delegaciones, tienen la obligación de ayudarte a hacer más sencillo el proceso para grabar películas, series o cualquier obra audiovisual. Su trabajo es darte los permisos y trámites que necesites, siempre cuidando que todo se haga de manera segura y sin problemas legales. En otras palabras, el gobierno no debe poner trabas, sino facilitar que puedas filmar en la ciudad con la certeza de que estás actuando dentro de la ley.

Texto oficial

Artículo 2.- Las Dependencias, Entidades y Órganos Político-administrativos de la Administración Pública del Distrito Federal, conforme a sus respectivos ámbitos de competencias, deberán otorgar las facilidades administrativas necesarias para que la planeación, filmación y producción de obras audiovisuales se realice en un marco de seguridad y certeza jurídicas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.