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Artículo 22 de la LEY DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

No necesitas pedir permiso ni avisar a nadie si vas a filmar en una propiedad privada, siempre y cuando los carros se estacionen en lugares donde esté permitido y no bloquees el paso de coches ni de personas. Pero cuidado, esto no significa que puedas hacer lo que quieras: los productores siguen siendo responsables de tomar todas las medidas de seguridad necesarias durante la grabación.

Texto oficial

Artículo 22.- No se requiere dar Aviso ni gestionar Permiso cuando las filmaciones se realicen en inmuebles de propiedad privada, los vehículos se estacionen en lugares permitidos y no se obstruya el paso vehicular ni peatonal, sin que esto exima a los productores de la obligación de instrumentar las medidas de seguridad necesarias para llevar a cabo una obra audiovisual.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.