Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 3 del REGLAMENTO DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si esta ley no dice algo específico sobre un caso, entonces se usa lo que digan otras leyes para llenar ese vacío. Esas leyes son la de trámites del gobierno de la CDMX, la de procedimientos penales y la de procedimientos civiles.

Texto oficial

Artículo 3º.- En lo no previsto por este ordenamiento se aplicarán supletoriamente la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, Código de Procedimientos Penales y Código de Procedimientos Civiles. CAPÍTULO II DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.