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Artículo 1 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN COORDINADORA DEL SISTEMA GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley es obligatoria para todos y busca beneficiar a la ciudadanía en general. Su objetivo es regular cómo se aprueban y manejan los programas de apoyo social, como los que dan dinero, despensas, servicios, o construyen y mejoran cosas como parques o escuelas. También incluye cómo se otorgan los subsidios, que son apoyos económicos directos o indirectos. Además, establece cómo se organiza y qué puede hacer la Comisión Coordinadora del Sistema General de Bienestar Social, que es el grupo encargado de supervisar estos programas. Todo esto se basa en lo que dicen los artículos 128 y 129 de la Ley de Austeridad de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 1.- El presente ordenamiento es de orden público y de interés general y tiene por objeto reglamentar el procedimiento relativo a la aprobación para la creación y operación de programas y acciones sociales que otorgan transferencias monetarias o de apoyos en especie, de prestación de servicios, de construcción, mejoramiento u operación de la infraestructura social, así como de otorgamiento de subsidios directos o indirectos; así como establecer la integración, funcionamiento y facultades de la Comisión Coordinadora del Sistema General de Bienestar Social, para todo lo derivado de los artículos 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio del Recurso de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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