Artículo 121 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo te dice qué derechos tienes como dueño de un negocio en México. Primero, puedes operar tu negocio siempre y cuando cumplas con todas las leyes que lo regulan. También puedes unirte libremente a asociaciones de empresarios o cámaras si así lo decides. Si las autoridades van a inspeccionar tu negocio, deben respetar tus derechos y seguir los pasos que marca la ley. Por último, puedes pedir atención gratuita del gobierno para ayudar a que tu negocio crezca y se desarrolle.
Texto oficial
Artículo 121. Derechos de los Titulares: I. Ejercer la actividad económica a través del establecimiento mercantil, observando en todo momento las disposiciones legales vigentes que regulan su operación; II. Afiliarse voluntariamente a las asociaciones, cámaras empresariales o confederaciones, o cualesquier otro organismo de representación gremial; III. En los casos de visitas de verificación, que la autoridad administrativa respete sus derechos y los protocolos establecidos; y IV. Recibir, cuando así lo requiera, la atención gratuita de las instancias gubernamentales para el desarrollo y crecimiento de su establecimiento mercantil. CAPÍTULO SEGUNDO DERECHOS DE CLIENTES O USUARIOS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.