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Artículo 122 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a una tienda, restaurante o cualquier negocio en la Ciudad de México, te deben tratar con respeto y amabilidad, tanto el dueño como los empleados. Nadie te puede maltratar ni hacer menos por tu raza, tu dinero, tu clase social, tu apariencia física o tu orientación sexual. Además, tienes derecho a que te expliquen bien todo sobre el servicio o producto que te ofrecen. Es decir, en cualquier comercio te deben atender de manera digna y sin discriminación.

Texto oficial

Artículo 122. En todos los establecimientos mercantiles de la Ciudad de México, los clientes o usuarios tienen derecho a recibir un servicio respetuoso, cordial e informado por parte del Titular y del personal que lo atiende, sin menoscabo de su raza, condición económica, social, física o sexual.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.