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Artículo 127 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si necesitas corregir algún dato que no esté en los avisos o solicitudes que ya entregaste, tú o tu representante legal deben pedirlo directamente en la Ventanilla Única de Trámites (VUT). Para eso, tienes que demostrar quién eres (acreditar tu personalidad) y explicar bien por qué necesitas el cambio, con razones claras y basadas en la ley. Después, la VUT va a mandar tu solicitud al departamento correspondiente de la Alcaldía, que es el único que tiene permiso para hacer esa corrección.

Texto oficial

Artículo 127. Las correcciones de datos que no se encuentren incluidas en los avisos o solicitudes en el trámite correspondiente, deberá solicitarse por el Titular o representante legal del establecimiento mercantil ante la VUT, previa acreditación de su personalidad, así como la justificación fundada y motivada de su petición. La VUT turnará al usuario institucional de la Alcaldía, mismo que cuenta con las atribuciones en su perfil para la realización de la corrección mencionada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.