- Ley
- REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 103
Artículo 103 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del turismo) va a decidir qué cursos de capacitación se les darán a los que trabajan en hoteles, restaurantes y demás servicios turísticos. Para hacerlo, pedirá ayuda a grupos de empresas y oficinas públicas relacionadas con el turismo.
Texto oficial
Artículo 103. La Secretaría determinará, con el apoyo técnico de las organizaciones sectoriales e instituciones públicas vinculadas al sector turístico, los programas de capacitación turística a los prestadores de servicios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.