- Ley
- REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 28
Artículo 28 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los planes de turismo de cada alcaldía se van a publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el periódico oficial donde se anuncian las leyes y avisos importantes del gobierno. Así cualquier persona puede enterarse de lo que cada alcaldía tiene planeado hacer en materia de turismo.
Texto oficial
Artículo 28.- Los Programas de Turismo de las Alcaldías, serán publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.