Artículo 29 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada alcaldía puede pedir que se revisen o actualicen sus programas de turismo. Para que esos cambios sean válidos, los tiene que autorizar la Jefatura de Gobierno, con ayuda de la Secretaría de Turismo. Una vez aprobados, se publican en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el periódico oficial del gobierno. Esto asegura que todos se enteren de las modificaciones.
Texto oficial
Artículo 29. Los Programas de Turismo de las Alcaldías, podrán ser revisados y actualizados a solicitud de la Alcaldía correspondiente. Las modificaciones serán aprobadas por la Jefatura de Gobierno, a través de la Secretaría y publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.