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Artículo 50 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, junto con las Alcaldías, va a impulsar que se creen proyectos o actividades de turismo social, que son viajes o paseos accesibles para todos. Estos van dirigidos a personas que están en situación difícil, como quienes tienen discapacidad, adultos mayores, mujeres, niños y adolescentes, o gente con pocos recursos económicos. La idea es que estas personas también puedan disfrutar de paseos y conocer lugares sin que el dinero sea un obstáculo.

Texto oficial

Artículo 50. La Secretaría, en coordinación con las Alcaldías, promoverá la elaboración de proyectos o actividades de turismo social dirigidos a personas en estado de vulnerabilidad entre las que se encuentran personas con discapacidad, personas mayores, mujeres, niñas, niños y adolescentes, o bien de recursos reducidos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.