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Artículo 59 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo va a trabajar con otras oficinas del gobierno para que los planes de turismo de cada estado o ciudad incluyan actividades y promociones para la comunidad LGBTTTI Q+ (personas de la diversidad sexual y de género). Esto significa que se van a crear estrategias como eventos, publicidad o servicios pensados específicamente para este grupo. La idea es que en todo México, el turismo sea más inclusivo y todas las personas se sientan bienvenidas.

Texto oficial

Artículo 59. La Secretaría promoverá, en coordinación con las dependencias competentes, la inclusión de estrategias relacionadas con el turismo LGBTTTI Q+, dentro de los planes de turismo locales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.