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Artículo 89 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo va a trabajar junto con otras autoridades para ofrecer descuentos o beneficios fiscales (como pagar menos impuestos) a quienes impulsen el turismo en la CDMX. Para hacerlo, se tomarán en cuenta las reglas que ya están en el Código Fiscal, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México del año que toque. Es como cuando te dan un descuento por promover algo, pero con trámites de gobierno.

Texto oficial

Artículo 89. La Secretaría establecerá mecanismos de coordinación con las autoridades competentes para el otorgamiento de facilidades, incentivos y estímulos fiscales, para el desarrollo de la actividad turística en la Ciudad de México, tomando en consideración los criterios establecidos en el Código Fiscal, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio que corresponda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.