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Artículo 92 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Técnico del Fondo va a elegir por sorteo quién representa a las alcaldías. Le tocará participar a una alcaldía diferente cada año, y así se irán turnando.

Texto oficial

Artículo 92. El Comité Técnico del Fondo definirá, mediante sorteo, a la representación de la alcaldía, cuya participación será anual y rotativa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.