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Artículo 100 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Colegio solo puede sacar datos de su sistema para contar estadísticas o cuestiones de ciberseguridad, pero siempre que la información no tenga nombres ni datos que permitan identificar a una persona. Esa información, llamada "disociada", no debe poder relacionarse con nadie en específico. Para usarla, la autoridad debe pedirla por escrito, o que sea parte de un acuerdo que el Colegio ya firmó, o que la ley lo obligue. El Colegio jamás puede pasar datos personales a nadie más, a menos que sean esos datos sin identificación y solo para los fines que ya te expliqué; si lo hace, lo van a sancionar.

Texto oficial

Artículo 100. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 de la Ley, el Colegio realizará todo tipo de extracciones de información del sistema informático, para fines estadísticos y cibernéticos, siempre y cuando la misma se encuentre disociada, tomando en cuenta las medidas administrativas, técnicas y físicas que correspondan y haya sido solicitada de manera formal o sea resultado de una obligación contraída por el Colegio, en virtud de algún convenio de colaboración con las Autoridades competentes o se trate de una obligación prevista en Ley. Para efectos del presente, se entiende que la información se encuentra disociada cuando los datos personales no pueden asociarse al titular ni permitir, por su estructura, contenido o grado de disgregación, la identificación del mismo. El Colegio por ningún motivo podrá proporcionar información a cualquier tercero respecto de lo que obre en su poder con motivo de la administración de la Red Integral Notarial, con excepción única y exclusiva de la información que se encuentre disociada y sea para los fines y en los términos de los párrafos anteriores, de lo contrario será causa de responsabilidad sancionada en términos de las disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.