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Artículo 103 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema Informático (una plataforma digital del gobierno) va a incluir herramientas para que los notarios puedan calcular y pagar impuestos locales y federales, pero solo después de que firmen los acuerdos de colaboración necesarios. También guardará los recibos que comprueben esos pagos. Todo esto es una opción para el notario, no una obligación: él decide si usarlo o no. En palabras sencillas, es como una aplicación que le facilita hacer sus trámites de impuestos si así lo prefiere.

Texto oficial

Artículo 103. El Sistema Informático, previa firma de los convenios de colaboración correspondientes, incorporará funcionalidades que permitan el cálculo y entero de contribuciones locales y federales; y deberá alojar los comprobantes que acrediten el pago de dichas contribuciones; todo lo anterior como una opción para el notario actuante de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.