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Artículo 124 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te autoricen enterrar o cremar un cuerpo, van a armar un expediente con todos los papeles necesarios. Una vez que todo esté en orden, te van a entregar el permiso oficial para que puedas hacerlo. Este permiso vale tanto para enterrar como para cremar. Es como cuando pides un permiso en el gobierno y te dan un documento que te autoriza a hacer algo.

Texto oficial

Artículo 124. Respecto a la autorización de inhumación y cremación prevista en los artículos 122 y 123 del presente Reglamento, se integrará un expediente y se entregará la respectiva orden de inhumación y/o cremación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.