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Artículo 170 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes que saber que las Alcaldías, o cualquier oficina del gobierno de la ciudad, si quieren organizar bodas para muchas parejas al mismo tiempo, deben pedir permiso por escrito a la Dirección General. Ese escrito es una carta o documento formal donde explican que quieren hacer el evento. Básicamente, no pueden hacerlo sin avisar primero y tener el visto bueno de esa dirección.

Texto oficial

Artículo 170. Las Alcaldías, Dependencias o Entidades de la Administración Pública interesadas en llevar a cabo matrimonios colectivos, deberán realizar su solicitud por escrito dirigido a la Dirección General.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.