Artículo 174 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General, que es como la oficina principal, no se va a encargar de organizar bodas colectivas ni de pagar nada relacionado con ellas. Todo lo que implica la logística (como el lugar, los preparativos) y los gastos los va a cubrir la autoridad que pida hacer los matrimonios. Las reglas nuevas empiezan a aplicarse 15 días después de que se publiquen en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Los trámites de bodas que ya se iniciaron antes de esa fecha se van a resolver con las reglas viejas que estaban vigentes cuando empezaron. Y a partir de que estas nuevas reglas entren en vigor, se cancela el reglamento anterior del Registro Civil que estaba desde 2002.
Texto oficial
Artículo 174. La Dirección General no cuenta con atribuciones ni recursos relacionados con la logística ni gastos que impliquen la celebración de los eventos de matrimonios colectivos, ya que dichos conceptos correrán por parte de la autoridad o las autoridades solicitantes. TRANSITORIOS PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor a los quince días naturales siguientes de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. TERCERO. Los trámites y procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento y aquellos que se verifiquen antes de su entrada en vigor continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio. CUARTO. A partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, se abroga el Reglamento del Registro Civil del Distrito Federal, publicado el 30 de julio de 2002 en la Gaceta Oficial del -entonces- Distrito Federal N° 103 . Dado en la Residencia Oficial de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a los 24 días del mes de septiembre del 2024. DR. MARTÍ BATRES GUADARRAMA, JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, RICARDO RUÍZ SUÁREZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL, JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA.- FIRMA.- EL ENCARGADO DEL DESPACHO EN LA SECRETARÍA DE CULTURA, ARGEL GÓMEZ CONCHEIRO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, FADLALA AKABANI HNEIDE.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, CARLOS ALBERTO ULLOA PÉREZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, JESÚS OFELIA ANGULO GUERRERO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL, MYRIAM VILMA URZÚA VENEGAS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, JUAN GERARDO LÓPEZ HERNÁNDEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, MARINA ROBLES GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE MOVILIDAD, ANDRÉS LAJOUS LOAEZA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR.- FIRMA.- SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES, LAURA ITA ANDEHUI RUIZ MONDRAGÓN.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE SALUD, OLIVA LÓPEZ ARELLANO.- FIRMA.-EL SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA, PABLO VÁZQUEZ CAMACHO.- FIRMA EL SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE TURISMO, NATHALIE VERONIQUE DESPLAS PUEL.- FIRMA.- EL CONSEJERO JURÍDICO Y DE SERVICIOS LEGALES, NÉSTOR VARGAS SOLANO.- FIRMA.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.