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Artículo 105 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando haya un accidente de tráfico por descuido (lo que llaman "culposo"), todos los papeles y documentos que se generen en el juzgado deben guardarse completos en un solo expediente. Eso incluye desde el reporte inicial hasta cada una de las declaraciones o pruebas que se hagan durante el proceso. En otras palabras, no se puede perder ni un solo trámite o diligencia que se haya hecho. Así se aseguran de que todo quede registrado y ordenado para que no haya confusiones.

Texto oficial

Artículo 105. Los expedientes del procedimiento de daño culposo por tránsito de vehículos que se integren en los Juzgados con motivo de cualquier procedimiento previsto en la Ley y en el presente Reglamento, se conformarán por todas y cada una de las actuaciones y diligencias practicadas en el mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.