- Ley
- REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 7
Artículo 7 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección va a impulsar que los vecinos participen resolviendo sus conflictos platicando, con ayuda de mediadores comunitarios y círculos de paz. En esos espacios, se busca que todos dialoguen y se comprometan a cooperar entre sí para vivir en sana paz y llevarse bien.
Texto oficial
Artículo 7. La Dirección fomentará la participación vecinal a través de la mediación comunitaria y círculos de paz, donde se promoverá el diálogo y la corresponsabilidad entre los habitantes para lograr una convivencia sana y armónica.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.