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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
7

Artículo 7 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección va a impulsar que los vecinos participen resolviendo sus conflictos platicando, con ayuda de mediadores comunitarios y círculos de paz. En esos espacios, se busca que todos dialoguen y se comprometan a cooperar entre sí para vivir en sana paz y llevarse bien.

Texto oficial

Artículo 7. La Dirección fomentará la participación vecinal a través de la mediación comunitaria y círculos de paz, donde se promoverá el diálogo y la corresponsabilidad entre los habitantes para lograr una convivencia sana y armónica.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 6) ↗

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