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Artículo 6 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección tiene la tarea de organizar pláticas en colonias, pueblos, barrios o escuelas donde la gente pueda hablar sobre cómo prevenir delitos, seguir las leyes y mejorar el gobierno. También va a ayudar a promover campañas para que cuides tu salud, el medio ambiente y los espacios públicos, como parques. Además, va a apoyar para que te lleguen folletos o materiales informativos que haga el gobierno de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 6. Para el fortalecimiento de la Cultura Cívica en la Ciudad de México, la Dirección: I. Participará en conversatorios ciudadanos donde se aborden los temas de la Ley, la prevención del delito y el buen gobierno, en las colonias, pueblos, barrios y comunidades, así como en las instituciones públicas y privadas que lo requieran; II. Coadyuvará en las campañas de difusión sobre hábitos saludables, cuidado del medio ambiente y los espacios públicos; y III.Colaborará en la difusión de materiales informativos para la ciudadanía elaborados por la Administración Pública de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.