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Artículo 7 de la LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión va a crear un grupo de abogados que trabajará de manera fija para atender, entre todos, los problemas de casas o terrenos que quedaron con dudas sobre quién es el dueño legal después del temblor.

Texto oficial

Artículo 7. La Comisión instalará una Mesa Legal permanente, para resolver de manera conjunta los casos de incertidumbre jurídica sobre la propiedad y legítima posesión de los inmuebles afectados por el sismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.