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Artículo 18 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México están obligadas a participar en el Sistema de Cultura Física y Deporte de la ciudad. Esto significa que las oficinas y entidades públicas deben fomentar y promover el deporte y la activación física entre sus trabajadores y en sus actividades. No es opcional para ellas; tienen que hacerlo por ley. En pocas palabras, el gobierno de la ciudad tiene la responsabilidad de impulsar la cultura física y el deporte en su propio personal.

Texto oficial

Artículo 18.- La participación en el Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México, es obligatoria para la Administración Pública de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.