Artículo 18 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México están obligadas a participar en el Sistema de Cultura Física y Deporte de la ciudad. Esto significa que las oficinas y entidades públicas deben fomentar y promover el deporte y la activación física entre sus trabajadores y en sus actividades. No es opcional para ellas; tienen que hacerlo por ley. En pocas palabras, el gobierno de la ciudad tiene la responsabilidad de impulsar la cultura física y el deporte en su propio personal.
Texto oficial
Artículo 18.- La participación en el Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México, es obligatoria para la Administración Pública de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.