LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta Ley es de carácter obligatorio y busca beneficiar a toda la sociedad. Su objetivo principal es regular todo lo relacionado con la educación física y el deporte en la Ciudad de México. Esto incluye actividades para fomentar, organizar, coordinar y desarrollar tanto el deporte como la actividad física. En pocas palabras, esta ley sirve para que el deporte en la ciudad esté bien organizado y al alcance de todos.
- Art. 2Este artículo es como el diccionario de la ley del deporte de la Ciudad de México. Te explica qué significan términos clave como "deporte" (cualquier actividad física o mental que hagas por competencia o diversión, siguiendo reglas) o "educación física" (preparar tu cuerpo a través de clases). También define quiénes son las "Alcaldías" (el gobierno de cada zona de la CDMX) y a qué se refiere con "Instituto" (la dependencia encargada del deporte en la ciudad). Por último, aclara conceptos como "cultura física" (todo lo relacionado con el movimiento de tu cuerpo, desde entrenar hasta jugar) y "autocuidados" (tu capacidad para mantenerte sano tú mismo, con o sin ayuda de un doctor).
- Art. 3El artículo dice que hacer deporte y educación física sirve para que las personas convivan mejor y se desarrollen de forma equilibrada, tanto en lo físico como en lo mental. Esto ayuda a fomentar la solidaridad y el autocuidado, además de prevenir enfermedades cuidando la salud física y mental. También dice que los jefes de las oficinas del gobierno local tienen la obligación de motivar a sus trabajadores a hacer ejercicio o deporte. Para esto, deben crear programas de activación física, y dedicar al menos 20 minutos de la jornada laboral para estas actividades, según lo que funcione mejor en cada área.
- Art. 4La función educativa del deporte no solo se trata de enseñar técnicas o mejorar el físico de los alumnos, sino también de formar hábitos, valores y actitudes que ayuden a que cada quien se cuide a sí mismo. Esto significa que, al practicar deporte, también se busca que aprendas a tomar decisiones responsables para tu salud y bienestar.
- Art. 5Esta ley aplica para todas las personas y grupos que están relacionados con el deporte y la actividad física en la Ciudad de México. Esto incluye a deportistas, maestros de educación física, entrenadores, técnicos, jueces, árbitros, así como equipos, clubes, asociaciones y ligas deportivas. También cubre a cualquier otra persona o grupo público o privado que pueda formar parte del Sistema de Cultura Física y Deporte de la ciudad. Básicamente, si haces, enseñas, organizas o participas en deportes o ejercicio en la Ciudad de México, esta ley te incluye.
- Art. 6El artículo 6 dice que todas las personas tienen derecho a conocer, practicar y difundir el deporte, sin que nadie te pueda discriminar. Prohíbe cualquier trato injusto, ya sea por ley o en la práctica, que te excluya o te limite solo por cosas como tu color de piel, género, edad, discapacidad, religión, preferencia sexual, identidad de género, o cualquier otra característica personal. También considera discriminación actitudes como el odio hacia las mujeres (misoginia), el rechazo a extranjeros (xenofobia), y otras formas de intolerancia como el racismo o la homofobia. En pocas palabras, nadie te puede negar el acceso al deporte por prejuicios.
- Art. 7El Instituto del Deporte de la Ciudad de México es la autoridad máxima encargada de decidir y organizar todo lo relacionado con el deporte en la capital. Para hacer su trabajo, puede usar los poderes que le da esta ley y también los de otras leyes que ayuden a mejorar y promover la educación física y el deporte en la ciudad. En pocas palabras, es el jefe del deporte en la CDMX.
- Art. 8El Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México es como el conjunto de herramientas, formas de hacer las cosas, recursos y reglas que usan las personas, los grupos deportivos y las organizaciones del gobierno y privadas para ponerse de acuerdo y trabajar juntos. También incluye cómo se relacionan con otras instituciones que forman parte del Sistema Nacional del Deporte. En pocas palabras, es el modo en que todos los involucrados en el deporte se organizan y colaboran en la ciudad.
- Art. 9El Instituto del Deporte de la Ciudad de México es el encargado de hacer todo lo que dice esta ley sobre el Sistema. O sea, si la ley menciona algo que el Sistema debe hacer, el Instituto se tiene que encargar de que se cumpla. Básicamente, el Instituto es como el jefe que se responsabiliza de que funcione todo lo relacionado con el deporte en la ciudad, según lo que marca esta ley.
- Art. 10Tanto las escuelas públicas como las privadas tienen la obligación de promover el deporte y dar clases de educación física al menos tres veces por semana, siguiendo los programas que defina la autoridad educativa. Si la escuela no tiene espacios propios, puede pedir permiso a la autoridad de la delegación para usar las instalaciones deportivas públicas más cercanas. Las escuelas privadas pueden abrir sus instalaciones a los alumnos, sus papás, y también a deportistas o vecinos de la Ciudad de México, siempre según las reglas que ellas mismas pongan en su reglamento. A los visitantes que no sean alumnos ni papás, la escuela privada les puede cobrar una cuota de recuperación para el mantenimiento, que es de una Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (un valor oficial que cambia cada año) por cada vez que usen las instalaciones.
- Art. 11El artículo 11 dice que los programas de deportes y educación física de la Ciudad de México tienen que seguir las reglas del programa nacional de deportes. Además, deben coordinarse con otras instituciones, tanto públicas como privadas, que también hagan actividades deportivas. Por último, tienen la obligación de informar a la gente, de manera pública, cómo van avanzando esos programas.
- Art. 12Este artículo dice quiénes forman parte del Sistema de Cultura Física y Deporte en la Ciudad de México. Incluye a los deportistas, ya sea que compitan o jueguen por diversión siguiendo reglas, y también a los grupos deportivos como equipos, clubes, ligas y asociaciones. También forman parte los entrenadores, educadores físicos, médicos especialistas en deporte y otros profesionales del área, así como los comités ciudadanos que marca la Ley de Participación Ciudadana. Por último, cualquier persona o grupo que por su actividades pueda integrarse al sistema también es considerado miembro.
- Art. 13Si eres parte de un equipo, club o asociación deportiva que ya está dentro del Sistema, tienes que meterte de fuerza al registro ante el Instituto. Para esto, debes entregar tu plan de actividades de cada año, así el Instituto lo revisa y lo incluye en el Programa del Deporte de la Ciudad de México. Solo si haces este registro anual, podrás usar las instalaciones deportivas de la ciudad, como canchas o gimnasios. En otras palabras, si no presentas tu programa cada año, no te dejan acceder a los servicios ni a los espacios públicos para hacer deporte.
- Art. 14Los deportistas profesionales de la Ciudad de México también forman parte del Sistema, siempre y cuando, según las reglas del deporte a nivel internacional, puedan representar a la Ciudad de México o a todo el país.
- Art. 15El artículo dice que en la Ciudad de México hay un registro oficial del deporte. Ahí deben estar anotados y con datos actualizados todos los involucrados: deportistas, jueces, árbitros, entrenadores, educadores físicos, doctores deportivos, equipos y otras organizaciones. También deben incluirse los lugares donde se hace deporte, como canchas o gimnasios, y las competencias o eventos que la ley indique. Todo esto sirve para tener un control ordenado de quiénes y dónde se practica deporte.
- Art. 16Si formas parte del Sistema Deportivo de la Ciudad de México, tienes estos derechos: 1. Practicar el deporte que quieras. 2. Unirte con otros para hacer deporte y defender tus derechos. 3. Usar las instalaciones deportivas siguiendo las reglas. 4. Recibir entrenamiento y ayuda médica adecuada en competencias oficiales, prácticas y entrenamientos. 5. Participar en eventos deportivos oficiales del Sistema. 6. Votar y ser candidato para puestos directivos en las organizaciones deportivas a las que pertenezcas. 7. Recibir premios, estímulos y becas (en dinero o especie) que se ofrezcan en competencias o que la ley determine. 8. Recibir apoyo logístico en competencias que organices, siempre que avises al Instituto del Deporte y a la alcaldía correspondiente, y haya presupuesto disponible. 9. Representar a tu club, asociación, alcaldía, a la Ciudad de México o al país en competencias oficiales. 10. Ayudar a crear programas y reglamentos deportivos cuando la autoridad te convoque. 11. Obtener un registro oficial que te acredite como deportista. 12. Cualquier otro derecho que te dé esta u otras leyes.
- Art. 17Las personas que forman parte del Sistema (organizaciones deportivas, entrenadores, atletas, etc.) tienen varias obligaciones. Deben seguir las reglas de su deporte y respetar los lineamientos del programa deportivo de la Ciudad de México. También tienen que cuidar las instalaciones, usarlas solo para lo que son y reportar cómo gastan el dinero o los apoyos que reciben, sin usarlos para otra cosa. Además, deben promover el deporte sin discriminación, mantener en buen estado los lugares de entrenamiento, vigilar la seguridad de los deportistas y ayudar a prevenir la violencia y las adicciones. Por último, deben cumplir con todo lo que dice esta ley y otras reglas aplicables.
- Art. 18El artículo dice que todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México están obligadas a participar en el Sistema de Cultura Física y Deporte de la ciudad. Esto significa que las oficinas y entidades públicas deben fomentar y promover el deporte y la activación física entre sus trabajadores y en sus actividades. No es opcional para ellas; tienen que hacerlo por ley. En pocas palabras, el gobierno de la ciudad tiene la responsabilidad de impulsar la cultura física y el deporte en su propio personal.
- Art. 19Cualquier persona que haga deporte por su cuenta puede entrar al Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México, ya sea de manera individual o a través de un club deportivo. Eso sí, tienes que seguir las reglas que marca esta ley y su reglamento. Básicamente, si eres deportista, ya seas solo o en equipo, puedes ser parte del sistema siempre y cuando cumplas con lo que pide la ley. No importa si practicas deporte por hobby o de manera profesional.
- Art. 20Para que cualquier persona o equipo que forme parte del Sistema del Deporte reciba apoyos (como becas, equipo o dinero), primero necesita tener un papel oficial vigente que demuestre que están registrados en el Registro del Deporte de la Ciudad de México. Ese papel es obligatorio; sin él, no pueden obtener ningún beneficio que dé la ley. La forma de sacar ese registro, mantenerlo al día o cancelarlo se va a definir en el Reglamento de esta ley, que es como el manual de reglas más detallado.
- Art. 21Este artículo dice que si practicas un deporte, eres parte de un club o grupo deportivo, o haces actividades relacionadas con el deporte sin enfocarte en competencias, te puedes registrar en el Registro del Deporte. La condición es que no busques ganar dinero con ello, es decir, que sea sin fines de lucro.
- Art. 22El Instituto del Deporte de la Ciudad de México es como una agencia independiente del gobierno de la ciudad, pero que sigue siendo parte de él. Tiene su propio dinero y terreno legal, y puede tomar decisiones técnicas y administrativas por sí solo para cumplir con su trabajo. Su chamba principal es asegurarse de que se cumpla la ley del deporte en la capital. Para organizarse, el Instituto va a tener una Junta de Gobierno (como un grupo de jefes que toman las decisiones importantes) y un Órgano de Control Interno (que se encarga de vigilar que todo se haga bien y sin trampas).
- Art. 22 BisLa persona que esté a cargo del Instituto del Deporte será nombrada o despedida directamente por la Jefa o Jefe de Gobierno, sin necesidad de justificar su decisión. Para ocupar ese puesto, se necesita ser mexicano y tener todos tus derechos como ciudadano (como votar y ser votado). También debes tener al menos 25 años cumplidos el día que te nombren, tener experiencia y prestigio en el mundo del deporte, y ser una persona honesta, sin malos antecedentes.
- Art. 23El Instituto del Deporte de la Ciudad de México tiene varias tareas importantes. Su trabajo principal es proponer y aplicar políticas para que más personas hagan deporte y se diviertan, sobre todo en escuelas de educación básica y especial. También debe coordinarse con las alcaldías para organizar actividades deportivas. El Instituto tiene que adaptar las instalaciones para que personas con discapacidad y adultos mayores puedan hacer ejercicio. Además, da becas a deportistas destacados y a nuevos talentos, y gestiona que las donaciones para el deporte sean deducibles de impuestos. Por último, promueve programas para incluir a niños, niñas y adolescentes en zonas marginadas, y a personas mayores de 60 años en situación vulnerable.
- Art. 24Este artículo dice que el Instituto tendrá un grupo llamado Consejo del Deporte de la Ciudad de México. Ese consejo servirá para dar opiniones y proponer ideas, y su trabajo será coordinar acciones para que en la Ciudad de México se difunda, promueva y desarrolle la cultura física y el deporte. La idea es que, con su ayuda, se creen mejores condiciones para que tú y todos los habitantes de la ciudad puedan hacer ejercicio y practicar deporte como un derecho. En pocas palabras, es un grupo de personas que aconseja y ayuda a que el deporte esté al alcance de todos.
- Art. 25El Consejo va a estar formado por varias personas: el o la Jefa de Gobierno (quien lo preside o dirige), el director o directora del Instituto del Deporte (que actúa como secretario o secretaria), alguien del Congreso local que se encargue del deporte, el presidente del Comité Deportivo Estudiantil, y representantes de deportes de equipo (como futbol o básquet), deportes individuales (como natación o atletismo), organismos que apoyan a personas con discapacidad, dos personas de empresas privadas que hayan apoyado el deporte, los 16 directores deportivos de cada alcaldía, y un representante de la Secretaría de Educación de la Ciudad. Esos representantes de los puntos V a VIII los elige el director del Instituto del Deporte, tomando en cuenta qué tanto han impulsado el deporte, si hay igualdad de género y si ya están registrados oficialmente. Todas las personas en el Consejo trabajan de manera honorífica, o sea, sin cobrar un sueldo, y deben seguir las reglas que marca el reglamento. El Consejo se junta una vez al mes de forma normal, pero si se ocupa, pueden reunirse más seguido. Si el Jefe de Gobierno no puede ir, el director del Instituto preside la reunión.
- Art. 26El Consejo tiene varias tareas para fomentar el deporte y la activación física en la Ciudad de México. Puede dar ideas al Jefe de Gobierno sobre cómo consultar a la gente y proponer formas de apoyar el ejercicio y la recreación. También sirve como puente entre el gobierno, organizaciones y empresas para conseguir apoyos. Se encarga de sugerir cómo usar mejor los espacios públicos, verificar que se den becas a deportistas destacados y proponer a quién dar el Premio al Mérito Deportivo. Además, puede crear un Comité de Arbitraje Deportivo para resolver problemas, formado por un representante del Instituto del Deporte.
- Art. 27El Instituto va a hacer y organizar un programa que será como el plan principal para todas las actividades deportivas del Sistema. Ese programa es el que va a marcar la dirección de todo lo que se haga en el deporte. Piensa que es como un plan maestro que todos deben seguir.
- Art. 28Este artículo habla de un programa que definirá cómo se va a planear y promover el deporte y la recreación en la Ciudad de México. En ese plan se van a incluir los objetivos, las reglas y las acciones que deben seguir las alcaldías, así como los sectores público, privado y social. También debe tener cuatro puntos específicos: primero, la política general del deporte; segundo y tercero (que son iguales), las metas y estrategias alineadas con el plan nacional de desarrollo; y cuarto, las tareas específicas que cada persona o institución involucrada debe hacer según lo que le toque.
- Art. 29El programa de Deporte de la Ciudad de México se debe hacer pensando en varios tipos de actividades. Por un lado, está el deporte para niños, que ayuda a su crecimiento y aprendizaje, y el deporte popular, que es cualquier actividad física que la gente pueda hacer sin necesidad de equipos especiales. También existe el deporte estudiantil, que son competencias organizadas en las escuelas, y el deporte adaptado, para personas con alguna discapacidad. Además, se toma en cuenta el deporte de alto rendimiento para quienes buscan ser profesionales, los deportes tradicionales que se practican desde hace muchos años, y el deporte asociado, que puede ser de clubes organizados o de grupos de amigos. Por último, el programa incluye el ejercicio para personas mayores de 60 años, la capacitación de entrenadores y otros profesionales, la construcción de instalaciones, y la difusión de la cultura del deporte.
- Art. 30Cada año, la persona que esté al frente del Gobierno de la Ciudad de México (o alguien que ella designe) va a entregar un reconocimiento llamado "Premio al Mérito Deportivo". Este premio se da siguiendo las reglas y requisitos que establezca el Consejo del Deporte. En pocas palabras, es un galardón anual para destacar a alguien por sus logros o aportes al deporte en la ciudad.
- Art. 31Este artículo detalla las obligaciones de las Alcaldías de la Ciudad de México en temas de deporte. Cada Alcaldía debe organizar actividades deportivas para prevenir enfermedades y adicciones, y crear un Comité del Deporte para coordinarse con ligas locales. También tienen que asegurar que las instalaciones deportivas (como canchas o gimnasios) sean de uso gratuito y estén abiertas para todos, incluyendo personas con discapacidad y adultos mayores. Además, cada año deben destinar presupuesto para construir, mantener y mejorar estos espacios, y llevar un registro de quiénes los usan.
- Art. 32Cada alcaldía en la Ciudad de México tendrá un Comité Deportivo encargado de varias tareas. Por ejemplo, deben poner en marcha los planes de deporte y recreación que apruebe el Instituto del Deporte. También tienen que promover el deporte y explicar cómo ayuda a cuidar la salud de todos los vecinos de la alcaldía. Además, deben impulsar la creación y el mantenimiento de espacios para hacer deporte, organizar eventos y proponerle al Instituto del Deporte a personas destacadas para darles reconocimientos. Otra tarea importante es hacer competencias cada seis meses para que la gente entienda lo valioso que es el deporte, y también trabajar con el Instituto y el área de salud para prevenir adicciones y violencia en el deporte, tomando en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres.
- Art. 33El artículo dice que el "deporte de alto rendimiento" es cuando alguien entrena de manera constante y con un plan fijo para llegar a ser lo mejor posible en su deporte, sin importar la edad. Esto aplica cuando compites a nivel local, nacional o internacional, y buscas destacar en los equipos representativos. En pocas palabras, no es solo echarle ganas de vez en cuando: es entrenar con método para alcanzar el máximo nivel competitivo.
- Art. 34Si eres un deportista de alto rendimiento, para recibir los beneficios de esta ley, el Consejo del Deporte tiene que proponerte. Para eso, necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano y vivir en la Ciudad de México; ya debes estar registrado en el Registro del Deporte de la Ciudad de México; no puedes tener una sanción definitiva por dopaje o por otras infracciones de esta ley; y tienes que haber ganado logros importantes en competencias oficiales organizadas por federaciones nacionales, internacionales o el Comité Olímpico o Paralímpico Internacional.
- Art. 35Los atletas que tengan una discapacidad física, mental o sensorial pueden ser considerados de alto rendimiento si cumplen con ciertos requisitos. Para eso, se toma en cuenta su historial en el deporte y qué tan importantes o conocidos son para la sociedad. Así que no solo basta con tener la discapacidad, sino que también necesitan demostrar méritos deportivos.
- Art. 36Para que te declaren deportista de alto rendimiento, tú o alguien de tu equipo (como tu entrenador o federación) deben pedirlo. La solicitud se presenta directamente o por medio de las personas que forman parte del Sistema de Cultura Física y Deporte. Ellos, durante los primeros dos meses de cada año, le mandan al Consejo del Deporte una lista con los deportistas que cumplieron los requisitos del año anterior. Así es como te pueden incluir en la lista anual de deportistas de alto rendimiento.
- Art. 37El Consejo del Deporte va a publicar los nombres de los atletas que fueron seleccionados en un documento oficial llamado Gaceta de la Ciudad de México. Una vez que aparezcan ahí, automáticamente se les reconoce como deportistas de alto rendimiento. Esto les da derechos o beneficios especiales sin necesidad de hacer ningún otro trámite. En pocas palabras, si tu nombre sale en esa lista, ya eres considerado oficialmente un deportista de alto nivel.
- Art. 38Si eres un deportista de alto rendimiento, puedes recibir becas o apoyos económicos especiales. Estos apoyos los ofrece el Instituto cada año y tienes que estar atento a las convocatorias que publican. Solamente los que ya tienen el reconocimiento como deportistas de alto nivel pueden pedir estos beneficios. En pocas palabras, si cumples con ese requisito, tienes derecho a solicitar el dinero o la beca que saquen anualmente.
- Art. 39Si eres un deportista de alto rendimiento, tu habilidad deportiva puede ayudarte a conseguir un chamba en oficinas del gobierno de la Ciudad de México. En las convocatorias para plazas relacionadas con el deporte, tu experiencia como atleta cuenta como un mérito para que te tomen en cuenta. Además, el Instituto puede hacer acuerdos con empresas y otras instituciones para que puedas tener un trabajo sin descuidar tu entrenamiento y preparación deportiva.
- Art. 40Si eres un deportista de alto rendimiento (alguien que destaca en su deporte y recibe apoyo oficial) y estás en primaria o secundaria, no tendrás que presentar exámenes de esas materias porque el gobierno de la Ciudad de México creará programas especiales para que puedas estudiar sin descuidar tus entrenamientos. Si ya estás en la prepa o en la universidad (pública o privada), las escuelas pueden apartar un cierto número de lugares solo para deportistas como tú, siempre y cuando cumplas con los requisitos académicos y ellos evalúen tu caso según las reglas. Además, si quieres estudiar una carrera técnica o profesional relacionada con el deporte (como entrenador o instructor), no tendrás que hacer la parte práctica del examen de admisión y, además, las escuelas deberán reservar al menos el 5% de los lugares para deportistas de alto rendimiento.
- Art. 41Si eres un atleta de alto rendimiento, tienes derecho a apoyos extras. Si trabajas para el gobierno local, puedes pedir que ajusten tu horario para entrenar, siempre y cuando no afecte el servicio; también te pueden dar permiso con goce de sueldo para ir a concentraciones de selecciones deportivas, por ser una obligación pública. Además, tienes preferencia para usar instalaciones deportivas del gobierno, si hay espacio disponible. Y la Secretaría de Educación de la Ciudad de México guarda lugares extra en escuelas para deportistas que cumplan con los requisitos académicos.
- Art. 42Los deportistas de alto rendimiento tienen que ayudar al Instituto en proyectos para promover el deporte desde sus inicios y la actividad física en general. También deben participar en actividades que fomenten la educación para la salud y prevenir el uso de drogas, sobre todo en las que busquen que más mujeres hagan deporte para lograr igualdad entre hombres y mujeres, y también apoyar a grupos vulnerables cuando sea necesario.
- Art. 43Cuando te dan el título de deportista de alto rendimiento, los beneficios que te tocan duran dos años desde que te lo reconocen. Eso quiere decir que al cumplirse ese tiempo, los beneficios se terminan, pero puedes renovarlos si todavía estás registrado activo en el Instituto. Así que, mientras mantengas tu registro al corriente, puedes pedir que te confirmen otra vez tu condición y seguir disfrutando de las ventajas.
- Art. 44Una persona deja de ser considerada "deportista de alto rendimiento" si ya no cumple con los requisitos que se piden para tener ese estatus. También pierde esa condición si se niega sin una razón válida a hacer lo que le exige la ley. Igualmente, la pierde si es incluida en el registro de la Comisión Nacional del Deporte, pero no se especifica por qué.
- Art. 45Para que pierdas la categoría de deportista de alto rendimiento, primero el Consejo del Deporte debe revisar tu expediente. Además, tienen la obligación de darte la oportunidad de hablar y defenderte antes de tomar una decisión. Al final, el Consejo solo puede quitarte esa condición si te entregan una explicación clara y por escrito de por qué lo hacen. En resumen, no te pueden bajar de categoría sin escucharte ni sin darte una razón válida.
- Art. 46Si ya no existen las razones por las que perdiste tu estatus de deportista de alto rendimiento, puedes pedir otra vez que te lo reconozcan. Pero ojo: si te aplicaron una sanción (como un castigo por alguna falta), primero tienes que cumplirla completamente antes de volver a hacer la solicitud. Esto aplica solo si antes te quitaron el reconocimiento por motivos que ya se resolvieron.
- Art. 47Si alguien es considerado deportista de alto rendimiento y luego deja de serlo, también pierde todos los apoyos o ventajas que tenía por ese estatus. Es decir, los beneficios como becas, entrenadores o instalaciones especiales se acaban al mismo tiempo que se pierde el título. No importa si fue por decisión propia o por alguna otra razón; los beneficios no se mantienen si ya no eres reconocido como deportista de alto rendimiento.
- Art. 48El Instituto del Deporte de la Ciudad de México puede hacer acuerdos con empresas, organizaciones deportivas o dependencias del gobierno federal para que se sumen al Sistema de Cultura Física y Deporte. Estos acuerdos siempre deben tener como meta principal promover y desarrollar el deporte. En el acuerdo se debe explicar cómo se van a llevar a cabo las actividades deportivas, qué apoyos económicos o técnicos se van a dar (como estudios o investigación), y qué acciones, recursos o instalaciones va a aportar cada quien para fomentar el deporte.
- Art. 49El Instituto del Deporte puede hacer acuerdos con universidades públicas y privadas para que los deportistas de alto rendimiento tengan condiciones especiales al entrar y quedarse en la escuela, pero siempre deben cumplir con los requisitos académicos normales para ingresar. También puede hacer estos acuerdos para que los estudios sean compatibles con los entrenamientos y las competencias, por ejemplo, creando tutorías para quienes tengan problemas para asistir a clases con regularidad. Esto es para apoyar a los deportistas que entrenan y compiten a nivel alto.
- Art. 49 BisEl Instituto del Deporte va a gestionar con el gobierno para rescatar y arreglar parques, plazas y otros espacios públicos. La idea es que en esos lugares se puedan poner equipos y accesorios especiales para hacer ejercicio, y que además sean fáciles de usar para todas las personas, sin importar si tienen alguna discapacidad. Para lograrlo, el Instituto buscará hacer acuerdos con el gobierno local, empresas y organizaciones sociales. Así, entre todos, van a adecuar, equipar y mantener estos espacios para que la comunidad pueda hacer actividad física.
- Art. 50El Instituto del Deporte de la Ciudad de México va a crear un fondo especial para apoyar a los deportistas de alto rendimiento, que son aquellos que ya compiten a nivel profesional o internacional. Este fondo se llamará Fondo de Apoyo para Deportistas de Alto Rendimiento y se manejará a través de un fideicomiso, que es como un mecanismo donde se guarda dinero y bienes para un fin específico, con ayuda del gobierno, empresas y la sociedad. El objetivo es juntar recursos económicos y materiales para que estos atletas puedan prepararse mejor, por ejemplo, entrenando en Centros de Alto Rendimiento donde tengan acceso a nutricionistas, doctores y psicólogos. También se incluirán programas para evitar que consuman sustancias prohibidas, como drogas o dopaje.
- Art. 51Cada tres meses, el director del Instituto tiene que mandarle a la Comisión de Deporte del Congreso de la Ciudad de México un reporte bien detallado de cómo están las finanzas del Fondo de Apoyo para Deportistas de Alto Rendimiento, o sea, de cuánto dinero hay y en qué se ha gastado. Este fondo es un dinero que se usa para apoyar a los atletas de alto nivel.
- Art. 52La ley establece que si estudiaste en una universidad o escuela de nivel superior, en facultades de organización deportiva o carreras parecidas, tienes que hacer servicio social. Esto significa que vas a trabajar como profesional por el tiempo que tu escuela decida, ayudando en los programas deportivos de la Ciudad de México. Es un requisito obligatorio para poder terminar tus estudios y obtener tu título.
- Art. 53El Instituto y las autoridades de educación van a ponerse de acuerdo para que los egresados de las escuelas de deportes puedan hacer su servicio social de manera efectiva. Esto significa que van a crear reglas claras de colaboración entre ellos. La idea es que los estudiantes que terminan sus estudios en organización deportiva cumplan con su servicio social sin problemas. Así, se aseguran de que funcione bien para todos.
- Art. 54El artículo 54 dice que si haces tu servicio social relacionado con el deporte, lo harás sobre todo en comunidades más pobres o con menos oportunidades. Por hacerlo, te van a dar una ayuda cada mes, que puede ser en dinero o en cosas como comida o pasajes, para que puedas mantenerte y trasladarte. Esto aplica solo si cumples con tu servicio social en esas zonas.
- Art. 55La cultura del deporte es cuando la sociedad adopta valores, conocimientos y recursos que se crean al practicar y desarrollar el deporte, con el objetivo de hacer actividades constantes que beneficien a todas las personas, sin importar quiénes sean. Para lograrlo, se toma en cuenta lo que se descubre mediante investigaciones, las necesidades de la gente y lo que es posible ofrecer en la comunidad. En pocas palabras, busca que los beneficios del deporte lleguen a todos los sectores de la población, no solo a unos cuantos.
- Art. 56El Artículo 56 dice que el programa de deportes de la Ciudad de México debe incluir acciones para que más gente conozca y practique deportes, además de apoyar la investigación y la capacitación en distintas disciplinas. También tiene que promover el deporte adaptado (pensado para personas con discapacidad) y desarrollar los equipos o herramientas que ellas necesitan para practicarlo. Por último, debe crear programas deportivos y recreativos donde puedan participar grupos que requieren atención especial, como personas mayores, personas con discapacidad y quienes viven en zonas muy pobres o marginadas.
- Art. 57En la Ciudad de México, el deporte no es solo hacer ejercicio, sino que se promueve como una actividad donde todos participemos, nos cuidemos a nosotros mismos, y podamos expresar nuestras ideas libremente, siempre con respeto. También busca que entendamos la importancia de trabajar en equipo y apoyarnos como comunidad. Esto aplica a cualquier práctica deportiva, ya sea en ligas, escuelas o espacios públicos.
- Art. 58El artículo 58 dice que la autoridad encargada de castigar las faltas a la Ley del Deporte tiene que ser el Instituto del Deporte y las Direcciones de cada alcaldía de la Ciudad de México, siempre y cuando el asunto tenga que ver con el deporte. O sea, si alguien comete una infracción relacionada con el deporte, solo esas oficinas pueden aplicar la multa o sanción, cada una según lo que le toque revisar. Nadie más puede hacerlo.
- Art. 59Si alguna persona o grupo del sistema deportivo de la Ciudad de México incumple esta ley, le pueden aplicar castigos como: llamarle la atención en privado o en público, suspender su registro o impedirle usar instalaciones deportivas del gobierno hasta por tres meses. También pueden reducirle o quitarle el apoyo económico, prohibirle participar en competencias locales hasta por cinco años, o cancelar su registro por completo. Además, pueden anularle premios o reconocimientos que haya ganado, quitarle su nombramiento como representante estatal por hasta tres años, o suspenderle su cédula de entrenador hasta por cinco años.
- Art. 60Si tienes broncas con otros deportistas, con las autoridades del deporte o dentro de tu asociación, puedes ir al Comité de Arbitraje Deportivo para que te ayuden. Este comité actúa como un juez neutral que busca resolver el problema de manera amistosa y sencilla, sin tanto rollo legal. Cómo se hace el trámite lo van a explicar en el reglamento de este comité.
- Art. 61Si un deportista no quiere ir al arbitraje (que es como un juicio privado para resolver problemas), tiene derecho a usar los recursos o demandas que ya están en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Eso significa que puede llevar su caso ante las autoridades administrativas normales, como cualquier otro trámite. Los efectos de hacerlo serán los que esa misma ley establezca, sin cambios especiales. En pocas palabras, el deportista puede elegir entre el arbitraje o el sistema oficial de la ciudad.
- Art. 62El artículo 62 dice que, para esta ley, una "instalación deportiva" es cualquier lugar como un deportivo, complejo o unidad deportiva, sin importar cómo se le llame. También aplica a cualquier terreno o edificio que esté construido o adaptado para hacer ejercicio o actividades mentales, ya sea para competir o para divertirte. En pocas palabras, cubre desde una cancha de básquet hasta un gimnasio o un centro de yoga, siempre y cuando se use para eso.
- Art. 63La ley dice que construir, arreglar o mantener instalaciones deportivas (como canchas, gimnasios o albercas) es algo que beneficia a todos. Por eso, el Congreso de la Ciudad de México debe asegurarse de que haya suficiente dinero para hacer estas obras en cada Alcaldía. Además, si un lugar deportivo genera sus propios ingresos (por ejemplo, rentando espacios o cobrando la entrada), ese dinero se tiene que usar obligatoriamente para mejorar solo esa misma instalación, no para otra cosa.
- Art. 64Este artículo dice que, cuando se construyan nuevos lugares para hacer deporte o se mejoren o arreglen los que ya existen, se debe promover el uso de energías limpias, como la solar o la eólica, y tecnologías que no contaminen tanto. También aplica a usar combustibles alternativos, que son aquellos que dañan menos el medio ambiente que la gasolina o el diésel. La idea es que estos espacios sean más ecológicos y responsables con el planeta.
- Art. 65Los jefes de las oficinas de gobierno encargadas de deportes tienen la obligación de mantener en buen estado los espacios donde se hace deporte. Estos lugares deben estar limpios, cuidados y listos para que cualquier persona pueda usarlos. Además, tienen que poner equipo moderno y tecnología actualizada para cada tipo de deporte que se practique ahí.
- Art. 66El artículo 66 dice que las instalaciones deportivas solo se pueden usar para eventos deportivos. Si las usas para otra cosa, como una fiesta o un concierto, entonces las autoridades pueden cerrarlas. Ese cierre se hará siguiendo las reglas administrativas que le correspondan al caso. O sea, no te puedes saltar la ley porque si lo haces, te arriesgas a que clausuren el lugar.
- Art. 67Los dueños o encargados de lugares donde se hace deporte, y también las asociaciones, son responsables junto con sus instructores y entrenadores de que estos tengan un permiso oficial que demuestre que están capacitados para dar clases. Si no cuentan con ese permiso, el Instituto del Deporte puede cerrar las instalaciones. En pocas palabras, si contratas a un instructor sin papeles, te arriesgas a que te clausuren el lugar.
- Art. 68Los encargados de administrar instalaciones deportivas que se construyeron con dinero del gobierno federal, de la Ciudad de México o de sus alcaldías, y que están registradas oficialmente, tienen que entregar su calendario de actividades de todo el año al Instituto del Deporte. Esto lo deben hacer durante los primeros 30 días de cada año. Básicamente, quienes están a cargo de estos lugares tienen la obligación de avisar con tiempo qué eventos o actividades van a realizar durante el año.
- Art. 69Los dueños o encargados de cualquier lugar donde se haga deporte, como un gimnasio o una cancha, tienen que registrarlo en el Instituto del Deporte de la Ciudad de México. El Instituto revisará que el lugar sea seguro, de buena calidad y que sirva para hacer ejercicio. Esta revisión se hará una vez al año, o antes si alguien lo pide. Si la instalación no cumple con lo necesario, el Instituto puede prohibir que se use para hacer deporte.
- Art. 70Las instalaciones deportivas que pertenecen a cada alcaldía de la Ciudad de México deben tener adaptaciones especiales en su construcción para que las personas con discapacidad puedan hacer deporte adaptado. Cada año, las alcaldías tienen que incluir en su presupuesto el dinero necesario para hacer esos cambios. Además, cuando se construyan nuevos lugares para hacer deporte o se arreglen los que ya existen, se tiene que garantizar que tengan accesos y servicios adecuados para el deporte adaptado. Esto aplica tanto para obras nuevas como para remodelaciones.
- Art. 71Básicamente, el dopaje es cuando un deportista usa sustancias o métodos que no son naturales para mejorar su rendimiento físico o mental. Esto incluye desde pastillas o inyecciones hasta técnicas especiales que alteran artificialmente cómo funciona su cuerpo. Lo importante es que se considera dopaje cuando se busca tener una ventaja injusta en el deporte.
- Art. 72Este artículo dice que en las competencias deportivas oficiales está prohibido el dopaje, o sea, usar sustancias o métodos que mejoren el rendimiento de manera artificial. La razón es que todos los participantes deben tener las mismas oportunidades y, más importante, cuidar su salud tanto física como mental. Así que, para que el juego sea limpio y no te hagas daño, no puedes usar nada prohibido para rendir más.
- Art. 73Si participas en competencias deportivas oficiales de la Ciudad de México, por ley te tienes que hacer pruebas de dopaje. Esas pruebas son para ver si has consumido sustancias prohibidas que mejoran tu rendimiento. Es obligatorio para todos los que compiten, no importa si eres principiante o profesional.
- Art. 74El Instituto del Deporte de la Ciudad de México, junto con la autoridad de salud de la ciudad, tiene tres tareas principales: Primero, sacar y dar a conocer cada cierto tiempo una lista oficial de sustancias y métodos prohibidos en competencias deportivas, porque pueden mejorar de manera artificial el rendimiento físico o mental de los deportistas. Segundo, decidir qué tipo de pruebas se usarán para detectar si alguien usó esas sustancias prohibidas, y cómo se van a aplicar esas pruebas. Tercero, hacer directamente o mandar a hacer los exámenes necesarios para saber si hubo dopaje.
- Art. 75Este artículo dice que si un deporte compite en un evento del Gobierno de la Ciudad de México y se comprueba que usó drogas para rendir más (dopaje), va a recibir un castigo según la ley. También aplica para los instructores, entrenadores o médicos del sistema deportivo de la ciudad que le hayan dado o recomendado esas sustancias prohibidas al deportista. En pocas palabras, tanto el que usa el dopaje como el que lo provoca serán sancionados.
- Art. 76El Instituto del Deporte de la Ciudad de México tiene que asegurarse de que todas las personas que den clases de deporte o ejercicio en instalaciones del gobierno estén bien capacitadas y tengan un certificado que demuestre que saben lo que enseñan. Esto es para cuidar tu salud y evitar que te lastimes mientras haces ejercicio. En pocas palabras, ningún instructor podrá darte clases si no está preparado y no tiene un papel que lo avale.
- Art. 77Los clubes, gimnasios y asociaciones deportivas de la Ciudad de México que den clases, entrenamiento o servicios médicos deben asegurarse de que sus instructores, coaches y personal médico tengan un certificado oficial que demuestre que saben lo que hacen. Ese certificado debe estar respaldado por las autoridades correspondientes y ellos deben estar dados de alta en un registro. En otras palabras, no pueden contratar a cualquier persona, solo a quienes tengan papeles que comprueben su preparación.
- Art. 78Cuando haya una contingencia ambiental (es decir, cuando el aire esté muy contaminado y las autoridades lo avisen), se tienen que cancelar todas las actividades deportivas que se hagan al aire libre en lugares que sean propiedad del Gobierno de la Ciudad de México. Esto aplica para eventos como correr, jugar futbol o cualquier deporte que se haga en canchas, parques o estadios de la ciudad. La medida es para proteger tu salud mientras dure la alerta.
- Art. 79Los lugares donde se hace deporte en la Ciudad de México (como gimnasios, canchas o centros deportivos) deben tener un médico o servicio de salud especializado en deportes, tanto para la gente que va a hacer ejercicio como para los atletas que entrenan ahí. Ese servicio tiene que estar disponible todo el tiempo, en todos los horarios, mientras haya actividades deportivas. O sea, no pueden dejar de tener atención médica cuando el lugar esté abierto y la gente esté haciendo deporte.
- Art. 80Este artículo dice que las reglas que vienen a continuación son para controlar y organizar a las ligas deportivas que usan las canchas o instalaciones deportivas que son administradas por las alcaldías de la Ciudad de México. En otras palabras, establece quién y cómo se van a manejar esos espacios cuando los usen ligas de algún deporte.
- Art. 81Este artículo dice que las ligas deportivas que se formen en instalaciones públicas deben cumplir con cuatro propósitos. Primero, que la gente practique deportes en equipo de manera organizada. También, promover una competencia justa y sin trampas. Además, darle a la comunidad lo que pide: espacios para hacer deporte. Por último, enseñar y compartir información sobre las diferentes disciplinas deportivas.
- Art. 82Las ligas deportivas (como las de fut, basquetbol, etc.) tienen la obligación de entregar al Instituto del Deporte de la CDMX su calendario de todo el año, con días y horas de juegos. El Instituto revisa y autoriza ese calendario. Después, el propio Instituto se encarga de mandarlo a los encargados de cada cancha o instalación deportiva para que sepan cuándo y dónde van a jugar. Así, todo queda coordinado entre la liga, el Instituto y los administradores de los espacios.
- Art. 83El artículo 83 dice que los encargados de los centros deportivos deben vigilar que todo se haga conforme a las reglas, para que las ligas deportivas funcionen bien. También deben evitar que se incumpla lo que dice este reglamento. Además, los administradores de esos lugares tienen que entregar cada año un informe detallado al jefe de su alcaldía y al Instituto del Deporte, explicando cómo están las ligas.
- Art. 84Las ligas deportivas tienen que seguir las reglas de esta Ley, los lineamientos para usar las canchas o espacios deportivos, su propio Reglamento y sus normas internas. O sea, todo lo que hagan debe estar apegado a lo que digan estos documentos. No pueden inventar sus propias reglas al aventón, sino respetar lo que ya está escrito. Eso asegura que todos jueguen con las mismas condiciones, sin favoritismos.
- Art. 85Las ligas deportivas tienen que hacerse cargo de lo que pase en las instalaciones mientras las usen en los horarios que les tocan. También deben trabajar junto con la administración del deportivo para mantenerlas en buen estado y arreglar cualquier cosa que se necesite. Eso significa que no solo las usan, sino que también les toca cuidarlas.
- Art. 86La administración del deportivo tiene la obligación de asegurarse de que las ligas que usen sus canchas, albercas o cualquier espacio sigan al pie de la letra lo que dice esta ley y promuevan una buena cultura deportiva. En pocas palabras, los encargados del lugar deben verificar que todos los equipos y torneos cumplan las reglas y fomenten el respeto, la disciplina y el juego limpio. Es como cuando rentas una cancha para jugar futbol: los dueños del lugar tienen que checar que no haya pleitos ni trampas. Esto aplica también para el deporte adaptado, que es el hecho para personas con discapacidad.
- Art. 87Todas las personas mencionadas en esta parte de la ley tienen derecho a recibir los apoyos y beneficios que aquí se mencionan, sin que nadie los trate diferente por su origen, género o cualquier otra razón. Si un deportista gana una medalla en los Juegos Paralímpicos, el Gobierno de la Ciudad le dará una ayuda económica de por vida, es decir, mientras viva.
- Art. 88El Instituto del Deporte de la Ciudad de México y los gobiernos de cada alcaldía deben promover nuevos deportes adaptados en las instalaciones que ya tengan el equipo necesario para ello. Para lograrlo, tienen que trabajar junto con las organizaciones que se dedican al deporte adaptado. La idea es ayudar a que las personas con discapacidad se integren mejor a la sociedad y tengan una mejor calidad de vida.
- Art. 89El deporte adaptado es para personas con discapacidad, y dice que practicarlo siempre debe hacerse con respeto y en igualdad de condiciones. Además, hay que cuidar tanto la salud física como la mental de quien lo practica. Nadie puede ser tratado diferente por su condición.
- Art. 90Si quieres empezar a practicar cualquier deporte adaptado, necesitas un certificado médico que diga que estás bien de salud para hacerlo. Pero si la actividad física que quieres hacer no es pesada ni peligrosa para ti, no te piden ese papel. La regla aplica solo para personas con discapacidad que buscan hacer deporte.
- Art. 91El Instituto del Deporte de la Ciudad de México debe tener un área especial, dentro de su Dirección de Promoción y Desarrollo Deportivo, que se encargue de todo lo relacionado con el deporte adaptado. Esto significa que esa área va a crear, planear, poner en práctica y dar a conocer los programas de deporte para personas con discapacidad en la ciudad, además de supervisar que se hagan bien. En pocas palabras, garantiza que existan oportunidades deportivas para todos, sin importar sus capacidades físicas.
- Art. 92Cada alcaldía de la Ciudad de México debe tener, dentro de su área de deportes, un departamento especial que se encargue de hacer y revisar programas para el deporte adaptado. Esto significa que deben crear actividades deportivas pensadas para personas con discapacidad, asegurándose de que estén bien diseñadas y funcionen correctamente.
- Art. 93Las oficinas del gobierno de cada alcaldía en la Ciudad de México tienen la obligación de cumplir al pie de la letra todo lo que dice esta ley y su reglamento. Los cambios que se hicieron a esta ley arrancan al día siguiente de que se publiquen en la Gaceta Oficial de la ciudad. El reglamento de la ley debe estar listo y publicado dentro de los 20 días después de que la ley entre en vigor. Por último, todo el dinero que el gobierno etiquete para el deporte en su presupuesto anual debe usarse única y exclusivamente para eso.