Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12793/33
Ley
LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el "deporte de alto rendimiento" es cuando alguien entrena de manera constante y con un plan fijo para llegar a ser lo mejor posible en su deporte, sin importar la edad. Esto aplica cuando compites a nivel local, nacional o internacional, y buscas destacar en los equipos representativos. En pocas palabras, no es solo echarle ganas de vez en cuando: es entrenar con método para alcanzar el máximo nivel competitivo.

Texto oficial

Artículo 33.- Se considera deporte de alto rendimiento la práctica sistemática y planificada, que busca el desarrollo de las máximas capacidades competitivas en los diversos rangos de edad y en el marco competitivo de una disciplina deportiva para alcanzar un nivel superior en los equipos representativos en justas deportivas de carácter local, nacional o internacional.

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.