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Ley
LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
45

Artículo 45 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que pierdas la categoría de deportista de alto rendimiento, primero el Consejo del Deporte debe revisar tu expediente. Además, tienen la obligación de darte la oportunidad de hablar y defenderte antes de tomar una decisión. Al final, el Consejo solo puede quitarte esa condición si te entregan una explicación clara y por escrito de por qué lo hacen. En resumen, no te pueden bajar de categoría sin escucharte ni sin darte una razón válida.

Texto oficial

Artículo 45.- La pérdida de la condición de deportista de alto rendimiento requerirá ser evaluado el expediente administrativo por el Consejo del Deporte, quien en todo caso dará audiencia al interesado con anterioridad a emitir una terminación motivada.

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 17) ↗

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