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Ley
LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
46

Artículo 46 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ya no existen las razones por las que perdiste tu estatus de deportista de alto rendimiento, puedes pedir otra vez que te lo reconozcan. Pero ojo: si te aplicaron una sanción (como un castigo por alguna falta), primero tienes que cumplirla completamente antes de volver a hacer la solicitud. Esto aplica solo si antes te quitaron el reconocimiento por motivos que ya se resolvieron.

Texto oficial

Artículo 46.- Desaparecidas las causas que motivaron la pérdida de la condición de deportista de alto rendimiento, podrá solicitarse nuevamente su reconocimiento sin perjuicio de que, en caso de sanción impuesta al deportista, haya de estarse al cumplimiento de la misma para volver a instar la solicitud.

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.