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Artículo 7 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto del Deporte de la Ciudad de México es la autoridad máxima encargada de decidir y organizar todo lo relacionado con el deporte en la capital. Para hacer su trabajo, puede usar los poderes que le da esta ley y también los de otras leyes que ayuden a mejorar y promover la educación física y el deporte en la ciudad. En pocas palabras, es el jefe del deporte en la CDMX.

Texto oficial

Artículo 7.- Corresponde al Instituto del Deporte de la Ciudad de México ser el órgano rector de la política deportiva en esta ciudad. Para ello contará con las facultades que le otorga esta Ley, así como las que le otorguen otras disposiciones legales para el mejor desarrollo, fomento y promoción de la educación física y el deporte en la Ciudad de México. CAPÍTULO SEGUNDO DEL SISTEMA DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.