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Ley
LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
80

Artículo 80 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas que vienen a continuación son para controlar y organizar a las ligas deportivas que usan las canchas o instalaciones deportivas que son administradas por las alcaldías de la Ciudad de México. En otras palabras, establece quién y cómo se van a manejar esos espacios cuando los usen ligas de algún deporte.

Texto oficial

Artículo 80.- El presente título tiene por objeto establecer el marco jurídico normativo para el control, regulación y manejo de las ligas que desarrollen sus actividades en las instalaciones deportivas que se encuentran administradas por los Órganos Político Administrativos de cada una de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 22) ↗

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