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Ley
LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
52

Artículo 52 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley establece que si estudiaste en una universidad o escuela de nivel superior, en facultades de organización deportiva o carreras parecidas, tienes que hacer servicio social. Esto significa que vas a trabajar como profesional por el tiempo que tu escuela decida, ayudando en los programas deportivos de la Ciudad de México. Es un requisito obligatorio para poder terminar tus estudios y obtener tu título.

Texto oficial

Artículo 52.- Se instituye el servicio social, para los egresados de las facultades de organización deportiva de las instituciones educativas de nivel superior ó con similares profesiones, consistente en prestar sus servicios profesionales por el tiempo establecido por cada institución educativa, en el desarrollo de los programas deportivos de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.