- Ley
- LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 52
Artículo 52 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley establece que si estudiaste en una universidad o escuela de nivel superior, en facultades de organización deportiva o carreras parecidas, tienes que hacer servicio social. Esto significa que vas a trabajar como profesional por el tiempo que tu escuela decida, ayudando en los programas deportivos de la Ciudad de México. Es un requisito obligatorio para poder terminar tus estudios y obtener tu título.
Texto oficial
Artículo 52.- Se instituye el servicio social, para los egresados de las facultades de organización deportiva de las instituciones educativas de nivel superior ó con similares profesiones, consistente en prestar sus servicios profesionales por el tiempo establecido por cada institución educativa, en el desarrollo de los programas deportivos de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.