Artículo 16 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si formas parte del Sistema Deportivo de la Ciudad de México, tienes estos derechos: 1. Practicar el deporte que quieras. 2. Unirte con otros para hacer deporte y defender tus derechos. 3. Usar las instalaciones deportivas siguiendo las reglas. 4. Recibir entrenamiento y ayuda médica adecuada en competencias oficiales, prácticas y entrenamientos. 5. Participar en eventos deportivos oficiales del Sistema. 6. Votar y ser candidato para puestos directivos en las organizaciones deportivas a las que pertenezcas. 7. Recibir premios, estímulos y becas (en dinero o especie) que se ofrezcan en competencias o que la ley determine. 8. Recibir apoyo logístico en competencias que organices, siempre que avises al Instituto del Deporte y a la alcaldía correspondiente, y haya presupuesto disponible. 9. Representar a tu club, asociación, alcaldía, a la Ciudad de México o al país en competencias oficiales. 10. Ayudar a crear programas y reglamentos deportivos cuando la autoridad te convoque. 11. Obtener un registro oficial que te acredite como deportista. 12. Cualquier otro derecho que te dé esta u otras leyes.
Texto oficial
Artículo 16.- Los derechos de los integrantes del Sistema son: I. Participar en el o los deportes de su elección; II. Asociarse para la práctica del deporte y, en su caso, para la defensa de sus derechos; III. Utilizar las instalaciones deportivas de acuerdo con la normatividad establecida; IV. Recibir asistencia y entrenamiento deportivos, así como los servicios médicos adecuados en competencias oficiales; así como durante sus prácticas y entrenamientos. V. Participar en eventos deportivos reglamentarios u oficiales, emanados del Sistema; VI. Elegir y, en su caso, ser electos para cargos directivos en los organismos deportivos a los que pertenezcan; VII. Recibir los premios, estímulos y becas, en dinero o en especie, ofrecidos en las competencias o eventos deportivos de que se trate, o los que determine esta ley; VIII. Recibir apoyo logístico en aquellas competencias que organicen, previo informe al Instituto del Deporte de la Ciudad de México y al Órgano Político-Administrativo de la Demarcación Territorial de la Ciudad de México. El apoyo logístico se otorgará de acuerdo a la suficiencia presupuestal con que se cuente; IX. Representar a su Club, Asociación, Demarcación Territorial de la Ciudad de México, a la Ciudad de México o al país, en competencias deportivas oficiales; X. Participar en la elaboración del programa del deporte, así como de programas y reglamentos deportivos a convocatoria de la autoridad rectora; XI. Obtener de las autoridades correspondientes el registro que lo acredite como deportista; y XII. Los demás que le otorguen esta ley u otros ordenamientos legales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.