Artículo 24 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Instituto tendrá un grupo llamado Consejo del Deporte de la Ciudad de México. Ese consejo servirá para dar opiniones y proponer ideas, y su trabajo será coordinar acciones para que en la Ciudad de México se difunda, promueva y desarrolle la cultura física y el deporte. La idea es que, con su ayuda, se creen mejores condiciones para que tú y todos los habitantes de la ciudad puedan hacer ejercicio y practicar deporte como un derecho. En pocas palabras, es un grupo de personas que aconseja y ayuda a que el deporte esté al alcance de todos.
Texto oficial
Artículo 24.- El Instituto contará con el Consejo del Deporte de la Ciudad de México como órgano consultivo y de propuesta que tiene por objeto opinar y coordinar acciones específicas de colaboración, difusión, promoción, desarrollo y estímulo en las tareas necesarias para crear y consolidar condiciones que favorezcan el derecho de las y los habitantes de la Ciudad de México al conocimiento de la cultura física y la práctica del deporte.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.