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Artículo 40 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un deportista de alto rendimiento (alguien que destaca en su deporte y recibe apoyo oficial) y estás en primaria o secundaria, no tendrás que presentar exámenes de esas materias porque el gobierno de la Ciudad de México creará programas especiales para que puedas estudiar sin descuidar tus entrenamientos. Si ya estás en la prepa o en la universidad (pública o privada), las escuelas pueden apartar un cierto número de lugares solo para deportistas como tú, siempre y cuando cumplas con los requisitos académicos y ellos evalúen tu caso según las reglas. Además, si quieres estudiar una carrera técnica o profesional relacionada con el deporte (como entrenador o instructor), no tendrás que hacer la parte práctica del examen de admisión y, además, las escuelas deberán reservar al menos el 5% de los lugares para deportistas de alto rendimiento.

Texto oficial

Artículo 40.- Los deportistas de alto rendimiento que cursen nivel básico, primaria y secundaria, estarán exentos de la realización de pruebas en esta materia, en virtud de que la Secretaría de Educación de la Ciudad de México deberá desarrollar programas de atención y ayuda a los deportistas de alto rendimiento para facilitar la realización de sus estudios compatibilizándolos con el entrenamiento y la práctica deportiva para conseguir su plena integración social y académica. En relación con los ciclos de grado medio y grado superior, las universidades públicas o privadas podrán establecer un porcentaje de plazas reservadas a deportistas de alto rendimiento; valorando los expedientes de estos alumnos conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable, que cumplan los requisitos académicos correspondientes. En lo referente al acceso a las enseñanzas conducentes a los títulos de formación profesional en Actividades Físicas y Deportivas, los deportistas que acrediten la condición de deportista de alto rendimiento quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba de acceso que sustituye a los requisitos académicos; así mismo podrán reservar un cupo adicional equivalente como mínimo al cinco por ciento de las plazas ofertadas para los deportistas de alto rendimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.